Me preocupan los manuales y textos de economía porque desde la introducción se resaltaban las bondades del libre comercio que facilitaba la asignación óptima de los factores y permitía la libre especialización internacional del trabajo en función de costos los comparativos más bajos, con base en David Ricardo (1817). De esta manera, cada país aumentaría su consumo y producción exportando el bien para el que tiene una ventaja comparativa e importando el otro bien, siempre que existan diferencias en la productividad laboral entre ambos países, de tal modo que aun siendo eficiente un país en la producción de dos bienes pueda especializarse en uno de ellos, en el más eficiente, porque le sería más ventajoso emplear su capital en la producción de ese bien. En este mundo todos ganaban con el libre comercio.
Dicha teoría fue posteriormente remozada por la teoría pura del comercio internacional con base en los costos comparativos en términos de costos oportunidad. Así mismo, la explicación de la ventaja comparativa dominante fue en función de la dotación del factor capital y el factor trabajo, puesto que un país iba a exportar el producto en cuya producción se utilizaba intensivamente el factor más abundante para ese país. Si estaba abundantemente dotado del factor trabajo, iba a exportar productos intensivos en mano de obra como supuestamente los países en desarrollo.
Pero el cambio fundamental fue el aceptar la existencia de competencia imperfecta en el mercado internacional, con bienes diferenciados, donde la concentración de los mercados da lugar al surgimiento de los rendimientos crecientes a escala. Esta concentración será una independiente fuente de comercio, puesto que explica el comercio entre países aún con idéntica dotación de factores. Estas ganancias además serían suplementadas por ganancias adicionales si la escala mundial de producción en industrias con rendimientos crecientes excede la escala nacional que podría prevalecer en ausencia de comercio. Las mejoras en la eficiencia estaban asociadas a las economías de escala justamente para aprovechar el libre comercio.
Prácticas nocivas y distorsionadoras
Toda esta enseñanza del libre comercio se desmorona si uno lee el comunicado del Grupo de los 7 del 23 al 25 de mayo (G7 Finance Ministers and Central Bank Governors’ Communiqué), que en el punto 3 empieza alertando sobre “prácticas nocivas” al señalar “Con este fin, trabajaremos para hacer que nuestras cadenas de suministro sean más resilientes, confiables, diversificadas y sostenibles, y para responder a las prácticas nocivas” identificándolas como “ las políticas y prácticas no relacionadas con el mercadoy a las políticas distorsionadoras, incluidas las que conducen a un exceso de capacidad”.
Inicialmente aparecía como una declaración tradicional contra políticas distorsionadoras, pero inmediatamente la innovación es la inclusión de prácticas no relacionadas con el mercado y las que conducen a “un exceso de capacidad”, que además tienen un nombre y un apellido, “por el uso integral por parte de China de políticas y prácticas no comerciales que socavan a nuestros trabajadores, industrias y resiliencia económica. Seguiremos vigilando los posibles efectos negativos del exceso de capacidad y consideraremos la posibilidad de adoptar medidas para garantizar la igualdad de condiciones, de conformidad con la Organización Mundial del Comercio (OMC)”.
Del GATT a la OMC
Recordemos que cuando surgió el Nuevo Orden Económico mundial con el Acuerdo de Bretton Woods en 1944 se habló de una Organización Internacional de Comercio. Sin embargo, solo se logró el Acuerdo General de Aranceles y Comercio (GATT) en 1949 que fue un acuerdo de carácter provisional suscrito por 49 países, la mayoría avanzados y con base a su Política Comercial existente, donde se hablaba incluso de sus colonias y acuerdos preferenciales. Hasta 1995 no se alcanzó el consenso necesario para que el GATT se convirtiera en una auténtica institución, creándose entonces la actual Organización Mundial de Comercio con más de 192 países.
A diferencia del G7, que reclama sin definir las prácticas no comerciales, la OMC considera a través de dos Acuerdos solo dos tipos prácticas y medidas correctivas: las medidas adoptadas contra el dumping (ventas a precios deslealmente bajos) (Acuerdo relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994) y los derechos “compensatorios” especiales para compensar las subvenciones (Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias).
Respecto al dumping no condena en si la práctica misma sino en la medida que cause o amenace causar perjuicio a la producción de un país, mientras que en los derechos compensatorios el Acuerdo somete a disciplina la utilización de subvenciones y reglamenta las medidas que los países puedan adoptar para contrarrestar los efectos de las subvenciones. Establece el concepto de subvención “específica”, es decir, una subvención exclusivamente destinada a una empresa o rama de producción o a un grupo de empresas o ramas de producción del país que la otorga. Sólo las subvenciones específicas están sujetas a las disciplinas establecidas en el Acuerdo. Pueden ser subvenciones internas o subvenciones a la exportación. (http://www.wto.org , “Acerca de la OMC”).
Según la OMC a China e India, como países exportadores, se les han iniciado desde el 2000, unas 212 y 104 investigaciones sobre dumping y derechos compensatorios respectivamente, de un total de 698, equivalente a un 45%, mientras que los países reclamantes fueron los EEUU con 330 solicitudes, la Unión Europea con 95 y Canadá con 80, que suman 505 reclamos de un total de 668, equivalente a un 75%. Pareciera que ahí está el origen del problema. Sin embargo, los países del G7 no han presentado a la fecha un reclamo respecto al “exceso de capacidad” de China, pero EEUU unilateralmente ya le aplicó nuevas medidas restrictivas.
Medidas unilaterales de EEUU
Antes de la reunión del G7, el 14 de mayo, la secretaria de Comercio de Estados Unidos, Gina Raimondo comunicó la decisión del presidente Biden de ordenar al Representante Comercial de Estados Unidos que aumente los aranceles en virtud de la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974 sobre 18 mil millones de dólares de importaciones de China para proteger a los trabajadores y las empresas estadounidenses “para garantizar que las prácticas comerciales desleales no amenacen nuestra competitividad y seguridad económica, al tiempo que fortalecen la fabricación estadounidense”. U.S. Secretary of Commerce Gina Raimondo Statement on President Biden’s Action to Protect American Workers and Businesses from China’s Unfair Trade Practices | U.S. Department of Commerce
Posteriormente, el último día de la reunión del G7, 25 de mayo, la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos anunció la nueva extensión hasta el 31 de mayo de 2025 de ciertas exclusiones (164 productos) en la investigación de la Sección 301 de los actos, políticas y prácticas de China relacionados con la transferencia de tecnología, la propiedad intelectual y la innovación. Anteriormente, las exclusiones estaban programadas para expirar el 31 de mayo de 2024. USTR Extends Certain Exclusions from China Section 301 Tariffs | United States Trade Representative
Este giro del G7 al proteccionismo y a jugar un rol dentro de la controversia entre EEUU y China debería preocupar a la comunidad mundial y especialmente a las llamadas instituciones multilaterales, que parecen alinearse hacia uno de los polos dominante, como la OMC. Cada año la OMC evalúa las políticas comerciales de los países y emite sus informes del comercio mundial, sin embargo, no leí ni un documento de trabajo sobre la relación comercial entre EEUU y China.
Gráfico 1
Saldo de la balanza comercial de EEUU con el resto del mundo y con China
En millones de dólares
Con datos de BEA si uno compara el estado de la balanza comercial entre 2018, año base para la aplicación de la política proteccionista de Trump a 2023 observa que el déficit comercial de bienes de EEUU con China se redujo drásticamente en 138 mil millones de dólares, equivalente a un 33%, mientras que el déficit de bienes con el resto del mundo se amplió en 319 mil millones de dólares, equivalente a un crecimiento del 69% (Gráfico 1).
Entre 2018 y 2023, las importaciones originarias de China declinaron en 111,5 mil millones de dólares mientras que las procedentes del resto del mundo se incrementaron en 668 mil millones de dólares. Los principales países que obtuvieron ganancias de esta desviación de comercio fueron México, Canadá, la Unión Europea y Viet Nam como se observa en el Gráfico 2. Por desviación de comercio se entiende cuando como producto de la subida de aranceles a China, EEUU ya no se abastece de la fuente mas barata de importaciones sino de otras más caras.
Gráfico 2
Desvío de las importaciones entre 2018 y 2023 de bienes de EEUU desde principales países
En millones de dólares
En conclusión, lo que se observa por parte de EEUU es una política discriminadora contra las importaciones procedentes de un país, que ha provocado una fuerte desviación de comercio y que se ha mantenido y acentuado en este tiempo y que ahora pretende extenderla a través del G7 olvidándose de las bondades del libre comercio que proclamaba y que se escribían en textos de economía.
Para terminar, quiero citar un comentario de William R. Rhodes y Stuart P.M. Mackintosh sobre el gran apoyo del G7: “Es revelador que Estados Unidos haya respondido al creciente poderío de China dando un paso atrás e intentando revitalizar el G7, un grupo poco representativo que ya no es tan eficaz o relevante como antes. Además, el G7 está lejos de estar unido: a pesar de la presión de Estados Unidos, sus miembros no han podido ponerse de acuerdo sobre la apropiación de los activos congelados de Rusia”.How the Sino-American Rivalry Is Reshaping the World Order by William R. Rhodes & Stuart P.M. Mackintosh – Project Syndicate (project-syndicate.org)