Crisis migratoria. Discurso xenófobo y regularización

por Jaime Esponda

Días atrás, una autoridad del Banco Mundial insistía en que “la migración puede ser una fuerza poderosa para generar prosperidad y desarrollo”[1]. Con seguridad, pocas personas suscribirían hoy en Chile esa afirmación. En efecto, según la encuesta Bicentenario un 82% de la población estima “excesiva” la cantidad de extranjeros y un 88% piensa que la inmigración “aumenta la delincuencia[2]. La correlación de fuerzas políticas tampoco permite pensar en una variación a corto plazo de tal estimación.

Días atrás, una autoridad del Banco Mundial insistía en que “la migración puede ser una fuerza poderosa para generar prosperidad y desarrollo”. Con seguridad, pocas personas suscribirían hoy en Chile esa afirmación

Pero la dimensión migratoria, la irregularidad y su impacto en la criminalidad pueden ser observados también con objetividad. Chile es el segundo país de América Latina con un mayor porcentaje de extranjeros[3], pero este porcentaje solo comprende el casi millón y medio de personas que se contabilizó hace más de un año[4], restando agregar a quienes inmigraron posteriormente y a migrantes en situación infraccional cuya estimación es superior a los 110.455 ingresos ilegales contabilizados por el Servicio Nacional de Migraciones (SERMIG), en 2021 y 2022, pues se agregan miles de personas que ingresaron legalmente y cuya situación se debe al retraso administrativo en responder sus solicitudes de residencia[5].

¿Ha tenido ello un impacto en la delincuencia? Según cifras proporcionadas por el Ministerio Público, del total de personas formalizadas por delitos entre enero de 2022 y marzo de 2023, un 9.2% son extranjeras, porcentaje aproximadamente equivalente al de inmigrantes regulares pero menor al que resultaría sumando a las personas en situación de irregularidad. En consecuencia, es falso sostener que el aumento de la inmigración deviniese en un aumento proporcionalmente mayor de delitos cometidos por extranjeros.

Con todo, sería irresponsable desconocer que, en medio de la inmigración ilegal, se han internado bandas criminales con modus operandi novedosos, que sí han influido en un aumento de los delitos más graves, “contaminando” a las bandas autóctonas.  

Con todo, sería irresponsable desconocer que, en medio de la inmigración ilegal, se han internado bandas criminales con modus operandi novedosos, que sí han influido en un aumento de los delitos más graves, “contaminando” a las bandas autóctonas.  

Asimismo, a miles de migrantes afecta una irregularidad que no se debe a que hayan vulnerado la ley al ingresar o permanecer en el país, sino al retraso acumulado de respuestas administrativas. El ímprobo esfuerzo del SERMIG que permitió resolver más de 343 mil solicitudes de residencia, en 2022, deja pendientes, sin embargo, 50 mil solicitudes de residencia temporal y 270 mil de residencia permanente[6], lo que acarrea dificultades para el control migratorio. Y de las 21.847 solicitudes de refugio interpuestas entre 2010 y 2021, solo un tres por ciento han sido acogidas y hay 5.138 nuevas solicitudes pendientes desde 2022[7].

Es razonable estimar que la carencia de documento identificatorio de una persona que delinquió dificulta la investigación y la persecución del ilícito. En tal sentido, la instrucción del Fiscal Nacional para solicitar la prisión preventiva de imputados que no acrediten su identidad, si bien fue objeto de una exposición que alentó el discurso xenófobo, corresponde al ámbito de sus facultades legales y puede, en determinados casos, resolver aquella dificultad persecutoria[8]. Además, los tribunales han resuelto dichas solicitudes según el mérito del caso. Así, hay sentencias que las han acogido[9] y otras que las han rechazado[10]. Por su parte, la Corte Suprema ratificó que “cada causa tendrá una resolución individual,independiente de lo que pueda solicitar la fiscalía en estos casos[11].

Paralelamente, en atención a que personas que son objeto de decretos de expulsión se ocultan para evitar la notificación personal, avanza el proyecto de ley del Ejecutivo que permite la notificación por carta al domicilio o a la dirección de correo electrónico. Y con la finalidad de “agilizar” los procedimientos de expulsión, se aprobó una reforma constitucional que encarga al legislador ampliar hasta por cinco días, en el caso de extranjeros, el plazo máximo de cuarenta y ocho horas de que dispone la policía para poner al detenido a disposición del juez competente. Aunque esta reforma no constituye per se una vulneración de derechos humanos toca el límite de la discriminación legal y de la restricción a la libertad personal.

Al margen de aquellas cifras objetivas, las apreciaciones subjetivas se ven influidas por el discurso xenófobo populista que atribuye principalmente a la migración el incremento del crimen organizado. Si en la encuesta Bicentenario un 79% de las personas declara no haber tenido “malas experiencias” con migrantes, en cambio, un porcentaje casi similar está seguro de que “existe un gran conflicto” entre chilenos y extranjeros. Esto solo se explica porque los encuestados reciben una información de origen externo distinta de aquella que adquieren de su experiencia personal.

Al margen de aquellas cifras objetivas, las apreciaciones subjetivas se ven influidas por el discurso xenófobo populista que atribuye principalmente a la migración el incremento del crimen organizado

Este discurso, en cierto grado, ha colocado a la defensiva al gobierno, que ha caído en una disputa sobre qué administración ha decretado más expulsiones, llegando a identificar las mismas con “la voluntad política del Gobierno por avanzar en una inmigración ordenada, regular y segura[12].

Inéditamente, el discurso xenófobo no se limita al ámbito social y mediático, sino que ha alcanzado al órgano legislativo, donde parlamentarios ávidos de lograr respaldo electoral inician proyectos de ley que infringen principios generales del Derecho ligados a los derechos humanos. Su prototipo es la iniciativa de diputados de oposición y del independiente por el PPD Jaime Araya, que tipifica como delito el ingreso clandestino al territorio nacional. De aprobarse este proyecto, Chile pasaría a ser el único país del Continente que criminaliza la inmigración irregular, abandonando los compromisos asumidos en las Conferencias Sudamericanas de Migraciones; infringiendo los Principios Interamericanos sobre los Derechos Humanos de las Personas Migrantes, Refugiadas, Apátridas y las Víctimas de Trata de Personas[13]; vulnerando aspectos importantes de los Protocolos de Palermo, contra el tráfico ilícito de migrantes y la trata de personas; y desoyendo sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”[14] .

Es tal la potencia de este discurso que el propio Director del SERMIG declaró que “como gobierno estamos abiertos a establecer penalización a faltas gravísimas o graves en materia de migraciones” y que “hay cuestiones del proyecto de ley que pueden contribuir a la mejor administración de las sanciones[15]. Aunque la misma autoridad agregó que “hay ciertos puntos del proyecto que le merecen reparos”, éstos no se refieren a principios jurídicos sino a “que podrían afectar la eficacia de las expulsiones administrativas o las reconducciones” y “sobrecargar al Ministerio Público[16], lo cual manifiesta cuánto cuesta al gobierno enfrentar la ofensiva opositora xenófoba.

Otra manifestación de esta escalada es el proyecto de ley recientemente aprobado por la Cámara de Diputados, con el voto favorable o la abstención de algunos parlamentarios oficialistas, que establece la detención preventiva y el registro de migrantes sometidos a control policial. Aunque el ministerio del Interior lo consideraba inconstitucional es posible que pudiere ser promulgado.

Cualquier solución mesurada de la crisis migratoria se presenta más incierta luego de los resultados electorales del 7 de mayo. Sin embargo, debido a que parte importante de la población extranjera vive en la irregularidad, no existe otra alternativa queabordar en primer lugar tal situación. Para ello no basta con la aplicación, a algunos casos, de la ley de control de identidad o las medidas anunciadas por el fiscal Valencia, manteniendo la irregularidad de la gran mayoría por tiempo indeterminado. Lo que se impone es superar el temor a la reacción populista e iniciar, como lo hicieron los gobiernos de Frei en 1998, Bachelet en 2007 y Piñera en 2018, un proceso de regularización de más de cien mil personas que hoy deambulan sin documentos en regla y sin acceso al trabajo regular, lo cual perjudica tanto a ellas como al país.

No es posible administrativa, financiera ni judicialmente expulsar a decenas de miles de personas. Habrá que otorgar residencia temporal a aquellas sin antecedentes penales y ordenar el abandono del país a quienes hayan cometido delitos en el extranjero, así como responder a las solicitudes de refugio pendientes. Por mucho esfuerzo que se coloque en superar con medidas ordinarias el retraso histórico de más de 180.000 solicitudes de residencia, como es el “Programa Rezago” anunciado por el SERMIG, la magnitud del problema exige un proceso extraordinario.

No es posible administrativa, financiera ni judicialmente expulsar a decenas de miles de personas. Habrá que otorgar residencia temporal a aquellas sin antecedentes penales y ordenar el abandono del país a quienes hayan cometido delitos en el extranjero, así como responder a las solicitudes de refugio pendientes. Por mucho esfuerzo que se coloque en superar con medidas ordinarias el retraso histórico de más de 180.000 solicitudes de residencia, como es el “Programa Rezago” anunciado por el SERMIG, la magnitud del problema exige un proceso extraordinario.

Este debiese ser el capítulo inicial de la Política Nacional Migratoria que, por ley, ha de definir el Gobierno, la cual, por cierto, debiera considerar el “agotamiento de la capacidad de recibir más migrantes” a que ha hecho referencia del Canciller. Y sin que signifique una discriminación indebida respecto de los nacionales, tal política debiese contemplar una inclusión de los y las migrantes que les garantice el acceso a los servicios públicos y les permita incorporarse regularmente al mercado del trabajo.

Desde luego, como lo evidenció dramáticamente el reciente impasse en la frontera norte, para abordar el enorme éxodo desde Venezuela, urge la gestión coordinada y coadyuvante de los gobiernos, pues “solo a través de la cooperación se abrirán espacios que permitan abordar la crisis migratoria regional a mediano y largo plazo[17].                                                                                                

Aunque parezca ilusorio, la finalidad última de este abordaje serio a la crisis no es otra que transformar la migración en “una fuerza poderosa para generar prosperidad y desarrollo[18].


[1] BM, comunicado de prensa, 25.04.2023

[2] PUC, Encuesta Bicentenario 2023

[3] Banco Mundial, Informe sobre el  Desarrollo Mundial, 2023.

[4] INE, SERMIG, estudio anual 2021.

[5]Es destacable que, en 2022, el SERMIG otorgase 93.989 permisos de residencia definitiva, la cantidad más alta de los últimos años. La 3ª. 03.05.2023

[6] https://serviciomigraciones.cl/estadisticasmigratorias/registrosadministrativos/La Tercera, 03.05, información proporcionada por SERMIG.

[7]  https://serviciomigraciones.cl/estadisticasmigratorias/registrosadministrativos  (Visto el 08.05.3023)

[8] Oficio de del Fiscal Nacional, de 10.04.2023.

[9] Sentencia de Corte de Apelaciones de Antofagasta, Rol N° 101-2023

[10] Sentencia de Corte de  Corte de Apelaciones de Talca, Rol N° 138-2023

[11] Declaraciones de la ministra Vocera de la Corte Suprema, 12.04.2023

[12] Oficio del SERMIG a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Diputados, en el cual expresa que “la cantidad de expulsiones aumentaron en un 17% el 2022, lo que contradice a todos quienes han cuestionado la voluntad política de este Gobierno por avanzar en una inmigración ordenada, regular y segura”. El Mercurio, 03.05.2023.

[13] PRINCIPIOS INTERAMERICANOS SOBRE LOS DERECHOS HUMANOS DE TODAS LAS PERSONAS MIGRANTES, REFUGIADAS, APÁTRIDAS Y LAS VÍCTIMAS DE LA TRATA DE PERSONAS (Resolución 04/19 aprobada por la CIDH, el 7 de diciembre de 2019)

[14] CORTE IDH. Caso Personas dominicanas y haitianas expulsadas. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 28 de agosto de 2014. Serie C No. 282, párr. 359 4. Y CORTE IDH. OC-21/14, párr. 147; CORTE IDH. Caso Vélez Loor Vs. Panamá, párr. 169; CORTE IDH. OC-21/14, párr. 150 y 151.

[15] La Tercera, 17.04.2023

[16] Ibid.

[17] Declaración de la Cancillería chilena. 07.05.2023.  

[18] Banco Mundial, comunicado de prensa, 25.04.2023

También te puede interesar

1 comment

Deja un comentario