Capacidades y recursos permanentes para Gobiernos Regionales. Por Andrés Palma

por La Nueva Mirada

Siendo la descentralización un proceso eminentemente político que busca profundizar el ejercicio de la democracia, es de toda lógica que aquello que pueda ser administrado regionalmente así lo sea, aunque le duela al centralismo al que estamos acostumbrados.

En julio pasado, en este mismo medio, sostuve que “solo habrá descentralización en la medida que los Gobiernos regionales gocen de autonomía administrativa y presupuestaria”, y propuse que era necesario que se estableciera por ley su financiamiento “como una proporción de los ingresos tributarios del Fisco”, asumiendo que, sin autonomía financiera y administrativa, en la práctica, no hay descentralización.

Volver sobre el tema es relevante dado el compromiso asumido por el presidente electo ante los gobernadores regionales.

Las leyes que establecen los Gobiernos Regionales, las figuras del Gobernador y del Delegado Presidencial, así como los mecanismos de traspaso de competencias son de un centralismo agobiante, lo que se refleja en múltiples aspectos, siendo lo más simbólico que los Delegados Presidenciales continúen ocupando las dependencias que antes fueron de los Intendentes, en circunstancia que ese espacio debiera haber sido ocupado por los Gobernadores y Gobernadoras.

Es de un centralismo agobiante que tenga más facultades y más capacidad operativa el Delegado Presidencial que el Gobernador, lo que se refleja en que las Secretarías Regionales Ministeriales pasaron a ser parte del Gabinete del Delegado Presidencial y no se traspasaron a los Gobernadores. El motivo es que no se traspasaron las funciones y recursos relacionados con esos cargos, pero, además de que en ciertas áreas se mantiene una dualidad de funciones y atribuciones, como en la planificación territorial. La consecuencia de ello es que el Gobernador no tiene capacidades para atender a la población que lo eligió en temas tan sensibles como vivienda, obras públicas, educación, salud, trabajo y otras tantas más, en las que no hay una razón para que las Secretarías Regionales no dependan del Gobernador.

La norma que establece los procedimientos de traspasos de competencias también es centralista. Aunque una región demuestre que puede administrar una competencia con igual o mayor eficacia que el nivel central, éste puede rechazar la petición de traspaso prácticamente sin necesidad de argumentar. Además, los traspasos pueden ser revertidos, aunque se determinen de manera permanente, por iniciativa del nivel central. El problema es doble, ya que en el nivel central es el gobierno en ejercicio, o de turno, por medio de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, el que toma la decisión, y no una instancia autónoma en base a informes técnicos además de políticos.

Como ya señalé en Julio pasado, el centralismo también establece que el presupuesto de los gobiernos regionales es presentado y aprobado por el gobierno central y el Congreso Nacional. Al menos, para este año 2022 fueron escuchados quienes fueron electos para liderar las regiones.

Revisando la Ley de Presupuestos para el año 2022, encontramos nuevamente un significante volumen de recursos que aparecen como descentralizados, aunque no lo son, y otros que podrían ser transferidos sin dificultades a los gobiernos regionales. El presupuesto propio de los gobiernos regionales alcanza al 2% del presupuesto nacional, que suma algo más de $ 70 billones, pero si a ese monto agregamos aquellos programas y gastos que son claramente de identificación regional, excluidos los presupuestos de educación y salud, el total del presupuesto que debiera ser transferido a los gobiernos regionales alcanza el 10% del gasto autorizado en la Ley de Presupuestos para el año 2022.

Debiera, señalé en el párrafo anterior porque bajo qué lógica se administran centralizadamente programas como los de atención a las mujeres víctimas de violencia doméstica del Servicio Nacional de la Mujer y Equidad de Género, o el Fondo Nacional para el Fomento del Deporte del IND, y Chile Solidario y el Programa de Acompañamiento Familiar Integral del MDS, entre otros de carácter social; o algunos de estricta localización como las Unidades Operativas de Control de Tránsito, el parque Metropolitano y los Servicios de Vivienda y Urbanismo. También hay recursos que debieran regionalizarse en la Dirección General de Obras Públicas del MOP; en la Corporación de Fomento y, por cierto, en el Servicio de Cooperación Técnica, por señalar los que son más obvios.

Asignar regionalmente estos recursos requiere transferencias de competencias desde el nivel central y también de los equipos profesionales que hoy están radicados en las Secretarías Regionales Ministeriales. De hecho, un verdadero proceso de descentralización debiera transferir a los gobiernos regionales las capacidades y junto a ello las Secretarías Regionales de Economía (y las gerencias regionales de CORFO y SERCOTEC), Educación, Obras Públicas, Agricultura, Salud, Vivienda y Urbanismo, Transporte, Desarrollo Social, Medio Ambiente, Deporte, Mujer y Equidad de Género, y Cultura.

A propósito de la tramitación de los proyectos de ley relacionados con la Pensión Garantizada Universal se ha recordado la importancia que los gastos permanentes se financien con ingresos permanentes. Algo similar debe definirse para que la descentralización sea una realidad: capacidades permanentes deben ser correlativas a recursos permanentes.

Siendo la descentralización un proceso eminentemente político que busca profundizar el ejercicio de la democracia, es de toda lógica que aquello que pueda ser administrado regionalmente así lo sea, aunque le duela al centralismo al que estamos acostumbrados.

Sería deseable que la descentralización quedara en la Constitución como un principio, pero un principio operativo, que defina competencias y asegure los recursos para su desarrollo. Tal vez baste con un 10% del presupuesto nacional anual.

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