En busca de un Plan Nacional de Búsqueda

por Francisco Javier Estévez Valencia

En memoria de las personas detenidas desaparecidas y ejecutadas por agentes del Estado bajo la dictadura civil militar en Chile 

 En el Día Internacional de las Víctimas de Desaparición Forzada -este 30 de agosto recién pasado- el Presidente Gabriel Boric, en el acto de conmemoración que se realizó con este motivo en el Cementerio General, y a un año del lanzamiento del Plan Nacional de Búsqueda, se comprometió a impulsar una indicación para levantar el secreto de los documentos, testimonios y antecedentes del Informe Valech. Ello permitirá  convertir en información pública lo que se ha mantenido en reserva, caso por caso,  sobre el uso sistemático de la prisión política y la tortura como métodos represivos durante los años de la dictadura civil y militar que se instala en Chile desde el Golpe de Estado  de 1973.

Hace tres años, en septiembre de 2021, en mi calidad de Director Ejecutivo del Museo de la Memoria, y con motivo de valorar la nueva Ley de Memoria Democrática en España relativa a las gravísimas violaciones a los derechos humanos cometidas por el régimen franquista,  propusimos  que en nuestro país se avanzara en una legislación semejante. Por cierto asegurando que  si la víctima directa o sus familiares inmediatos quieren que su información específica se mantenga reservada así quede normado.

Bajo la dictadura que se instala en Chile el 11 de septiembre de 1973, los agentes del Estado y sus colaboradores son responsables de haber cometido un conjunto de violaciones a los derechos humanos que han sido calificados como crímenes de lesa humanidad. La represión directa contra quienes fueron llamados “Enemigos de la Patria” por sus militancias o ideas políticas, así como las persecuciones y exclusiones sufridas por una significativa parte de la población del país, tuvo un carácter planificado y sistemático.  En ese contexto fueron detenidas y desaparecidas, así como detenidas y ejecutadas en el acto, un número superior a tres mil personas.

Un Plan de Búsqueda no excluyente:  personas detenidas desaparecidas y personas ejecutadas políticas

El Presidente Gabriel Boric ha reiterado, en momentos significativos de su gestión, un compromiso de su Gobierno con un Plan Nacional de Búsqueda, particularmente respecto de las personas víctimas desaparición forzada.  En su Primera Cuenta Pública ante el Congreso Nacional, el 01 de junio de 2022, el mismo mandatario señaló que: “Y hablando de humanidad, queridos compatriotas, tengo que referirme al trascendental compromiso que tiene nuestro Gobierno con los derechos humanos. El próximo año se cumplen 50 años desde el golpe de Estado y son, aún, muchas las deudas que arrastramos. Vamos a seguir buscando incansablemente a los desaparecidos a través de un Plan Nacional de Búsqueda.”

En el cambio de gabinete, efectuado a un año de su gobierno, en marzo de 2023, el Presidente Boric le indicó al Ministro de Justicia, Luis Cordero: “Nunca, nunca dejemos de buscar a quienes nos faltan: a los detenidos desaparecidos”Pero igualmente se ha referido de manera específica a las y los ejecutados políticos: “Es indignante que se ofenda la memoria de Chile, negando detenidos, ejecutados y desaparecidos por la dictadura de Pinochet” (14/11/2021).  Así nos señala que: “En Chile miles de mujeres, hombres y niñ@s fueron asesinados por agentes del Estado durante la dictadura cívico militar que vivimos como país. Es por eso que cada 30 de octubre se conmemora el Día Nacional de la Ejecutada Política y del Ejecutado Político, para rendirles homenaje, pero también para recordarnos que sin memoria no hay futuro y que aún hay miles de familias que esperan verdad, justicia y reparación” (30/10/2021).

El Presidente hace una relación directa de las y los detenidos desaparecidos y de las y los ejecutados políticos con la memoria y la esperanza de verdad, justicia y reparación de miles de familias.  Él visitó la fosa común de Pisagua, en su viaje por la región de Tarapacá. La noticia de la Radio Bío-Bío señaló que “el   Mandatario recordó a quienes, después de décadas, siguen anhelando dar con los restos de sus familiares y apuntó al plan nacional de búsqueda de detenidos desaparecidos y ejecutados políticos durante la dictadura” (16/3/2023).

No puede entenderse por qué finalmente el Plan Nacional de Búsqueda vino a excluir a las víctimas de ejecución política y por ende a sus familiares y a la Agrupación que los representa. Aunque se debe tener presente la especificidad de cada ámbito en las violaciones a los derechos humanos, es necesario afirmar que debiera haber una relación de complementariedad  del Plan Nacional de Búsqueda para con las víctimas de desaparición forzada y  las víctimas de ejecuciones políticas bajo la dictadura. 

En lo que corresponde  a las y los detenidos desaparecidos hay un desafío inclaudicable:  encontrarlos. Saber o descubrir dónde están, lo cual es una demanda esencial de humanidad, que conmueve y moviliza a sus familiares. En lo que respecta a las víctimas de ejecuciones políticas cometidas por la dictadura, la búsqueda de la verdad, la justicia y la reparación ha sido un compromiso de por vida de las familias afectadas. Una lucha en la que coinciden tanto la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos como la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, así como quienes se organizan en los Sitios de Memoria.

Junto a lo anterior, lo que une transversalmente la causa de los detenidos desparecidos y la causa de los ejecutados políticos es el deber de recordar y el derecho a la memoria. El deber de recordar compete al Estado y obliga subsecuentemente nuestra responsabilidad colectiva para con la memoria. El derecho a la memoria es un derecho humano, y cuando se ejerce por las personas o por sus asociaciones colectivas o por los movimientos sociales adquiere la calidad de un derecho ciudadano a la memoria.    

El Plan Nacional de Búsqueda debe abrirse a rescatar los lugares de memoria y promover una política de apoyo a su definición y preservación. Debe validarse la importancia de visibilizar o de significar,   junto a los sitios donde fueron ejecutados o de su desaparición forzada, aquellos  lugares donde tenían sus relaciones de convivencia social quienes fueron víctimas del terrorismo de Estado. Se deben  relevar  aquellos espacios  donde anteriormente las personas, después detenidas desaparecidas o ejecutadas,  realizaban su vida cotidiana: las calles donde estaban sus casas;  el barrio donde se reunían con sus vecinos o iban de compras o se juntaban con sus amistades, en la plaza, en la iglesia o en el restaurante de la esquina. Se trata de un  énfasis que debe  ponerse también  en conmemorar sus lugares de residencia, y así evocar su memoria como mujeres u hombres que tenían proyectos, sueños y lazos de fraternidad. Esta es la idea del reencuentro con  las memorias de quienes conocieron  a las y los detenidos desaparecidos y ejecutados políticos, y   compartieron  sus historias personales, y que solidariamente nunca les olvidaron.

En síntesis, los ejes de trabajo para el Plan Nacional de Búsqueda debieran ordenarse en torno a dos  programas: 1) Encontrar a las Personas Detenidas Desaparecidas y 2) Reencontrarse con las Memorias de Personas Detenidas Desaparecidas y de Ejecutados Políticos. 

Un Plan de Búsqueda como expresión de verdad, justicia y memoria.

Tanto la condición de “detenidos desaparecidos” como la de “ejecutados políticos” en Chile y otros países de América Latina son consecuencia directa de “crímenes contra la humanidad”, así definidos por Naciones Unidas. La negación de la verdad y la denegación de la justicia por parte del Estado para con las víctimas y sus familiares implica de por sí una gravísima violación del derecho a la memoria. Así lo han establecido la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas como el Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas y los Informes de Relatores Especiales de la ONU tanto como la jurisprudencia en esta materia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

En particular ello queda señalado en el documento “Promoción y protección de los derechos humanos” aprobado por la Comisión de Derechos Humanos de la ONU (08/02/2005) donde se establecen los principios para la lucha contra la impunidad. El principio n°2 está dedicado al derecho inalienable a la verdad:

Cada pueblo tiene el derecho inalienable a conocer la verdad de los acontecimientos sucedidos en el pasado en relación con la perpetración de crímenes aberrantes y de las circunstancias y los motivos que llevaron mediante violaciones masivas o sistemáticas a la perpetración de esos crímenes.

La Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (1990-1991) y la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación (1992-1996) representaron un avance muy significativo en el esclarecimiento de los hechos y circunstancias que dan cuenta del masivo número de víctimas de desaparición forzada y de ejecuciones sumarias. Los procesos judiciales abiertos en estos casos son determinantes para la precisión de las responsabilidades por parte de los hechores y la dictación de las sanciones penales correspondientes. 

El derecho a la memoria de las víctimas de ejecuciones políticas, desaparición forzada, tortura o exilio entre otras causas, es propio de ellas mismas, así como de sus familiares, personas cercanas y del conjunto de la sociedad, y ese derecho está relacionado éticamente, con los deberes de justicia y reparación que el Estado les debe. Estos derechos también son válidos en el caso de las víctimas de desaparición forzada, a quienes presumiblemente les quitaron de manera violenta la vida, cuyo derecho a ser buscadas nunca se extingue, obligando al Estado a disponer de todos los medios necesarios para ello.

Plan de Búsqueda como compromiso histórico y un presente urgente.

El Plan de Búsqueda debe tener como referencia fundamental los derechos señalados. La búsqueda de la verdad, la justicia y la reparación son principios irrenunciables para todos los casos de violaciones a los derechos humanos –por ejecuciones políticas, desapariciones forzadas, prisión política, torturas, entre otros- en los términos establecidos por los acuerdos internacionales suscritos por el Estado de Chile.  En lo que respecta a las y los detenidos desaparecidos, el Plan Nacional de Búsqueda tiene que responder prioritariamente a la búsqueda de sus evidencias corporales para que los principios señalados puedan cumplirse plena y prontamente teniendo en cuenta que ya pasan los  50 años desde que los hechos ocurrieron.

Es la renovación de la voluntad expresada en el lema “Nunca Más”. No es sólo un ayer; es también un  presente urgente.  Es el rechazo a priori del golpe de Estado como medio de resolver crisis políticas o de conquistar el poder en sociedades democráticas, y es una afirmación irrenunciable de que jamás nuevamente el Estado utilice los aparatos militares, policiales o judiciales para perseguir las libertades ciudadanas y reprimir con la tortura, el asesinato, el exilio, la desaparición forzada y la prisión a disidentes calificados de enemigos de la patria o de la nación.

El Plan  de Búsqueda es asimismo un compromiso histórico con la dignidad de la memoria de las víctimas de la dictadura. Debe ser un ejercicio participativo de reivindicación de la memoria de quienes fueron denigrados por las instituciones públicas y   los medios de comunicación en el período dictatorial con el fin de justificar u ocultar su trágico destino. Por lo mismo es una iniciativa que supone el protagonismo de los familiares y personas cercanas a la biografía de sus vidas, en los ámbitos de sus ocupaciones laborales, comunidades académicas o estudiantiles, militancias políticas o sociales y en sus comunidades vecinales.

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1 comment

Pablo Muñoz septiembre 5, 2024 - 1:34 pm

Se felicita la lucidez del señor Estevez

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