En el borrador de la nueva Constitución, que será sometido a una redacción final armonizada y luego a la consideración de la ciudadanía el 4 de septiembre, se incluye normas que permitirán caminar a un modelo de desarrollo distinto al de tipo concentrador y depredador y con espacios mínimos para las políticas redistributivas y de protección ambiental actualmente vigente.
Desde el punto de vista del mundo empresarial conservador, ya no tiene mayor sentido el alegato de grandes peligros que emanarían de la nueva Constitución. En efecto, se consagran derechos sociales pero con responsabilidad fiscal, así como el deber de protección de los bienes comunes sin pronunciarse en demasía sobre políticas específicas que se remiten a la ley. El derecho de propiedad se mantiene, pero sujeto al interés general y con expropiaciones eventuales con las debidas indemnizaciones.
Las nuevas normas introducen avances notorios respecto al ordenamiento actual, los que dan perfil a la definición de un “Estado democrático y social de derecho” que preside la nueva Constitución.
En especial, se aprobó que «el rol económico del Estado se fundará» en «los principios y objetivos económicos de solidaridad, diversificación productiva, economía social y solidaria y pluralismo económico«, por lo que «el Estado tendrá iniciativa pública en la actividad económica. Para ello, podrá desarrollar actividades empresariales, las que podrán adoptar diversas formas de propiedad, gestión y organización según determine la normativa respectiva. Las empresas públicas se deberán crear por ley y se regirán por el régimen jurídico que ésta determine». Se destaca que el Estado «debe prevenir y sancionar los abusos en los mercados» y que «fomentará la innovación, los mercados locales, los circuitos cortos y la economía circular».
En materia de política monetaria, se estableció que el Banco Central será un órgano autónomo “para contribuir al bienestar de la población, velar por la estabilidad de los precios y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos”. Deberá, eso sí, “considerar la estabilidad financiera, la volatilidad cambiaria, la protección del empleo, el cuidado del medioambiente y patrimonio natural y los principios que señale la Constitución y la ley», mientras “al adoptar sus decisiones, deberá tener presente la orientación general de la política económica del gobierno». Se preserva así una autonomía de la política monetaria, pero en un marco de objetivos más generales a ser respetados.
En materia laboral, se estableció que «toda persona tiene derecho al trabajo y su libre elección” y que el Estado “garantiza el trabajo decente y su protección”, es decir “el derecho a condiciones laborales equitativas, a la salud y seguridad en el trabajo, al descanso, al disfrute del tiempo libre, a su desconexión digital». Además, postula prohibir “toda forma de precarización laboral, así como el trabajo forzoso, humillante o denigrante». Por su parte, «las organizaciones sindicales son titulares del derecho a la negociación colectiva”, mientras «la Constitución garantiza el derecho a huelga”, con limitaciones “para atender servicios esenciales que pudieren afectar la vida, salud o seguridad de la población”.
En materia ambiental, se aprobó que «todas las personas tienen el derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado», que «el Estado garantiza el acceso a la justicia ambiental» y que «todas las personas tienen el derecho al aire limpio durante todo el ciclo de vida, en la forma que determine la ley». Se agregaron normas de protección de los bienes comunes naturales y de áreas protegidas, junto a humedales, bosques nativos y suelos.
En el tema minero, se retomó lo establecido en la nacionalización de 1971, y que permaneció en la de 1980, pues la Convención despachó al borrador de nueva Constitución el artículo que señala que «el Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas y las sustancias minerales, metálicas, no metálicas, y los depósitos de sustancias fósiles e hidrocarburos existentes en el territorio nacional, sin perjuicio de la propiedad sobre los terrenos en que estuvieren situadas». A su vez, se detalló que “la exploración, explotación y aprovechamiento de estas sustancias se sujetará a una regulación que considere su carácter finito, no renovable, de interés público intergeneracional y la protección ambiental”. De esta forma, ya no tendrán base constitucional las concesiones indefinidas que hoy anulan la propiedad pública de los recursos minerales. Además, «El Estado establecerá una política para la actividad minera y su encadenamiento productivo, la que considerará, a lo menos, la protección ambiental y social, la innovación, la generación de valor agregado, el acceso y uso de tecnología y la protección de la pequeña minería y pirquineros».
En materia de aguas, la Convención Constitucional aprobó que «El Estado debe proteger las aguas, en todos sus estados y fases, y su ciclo hidrológico. El agua es esencial para la vida y el ejercicio de los derechos humanos y de la Naturaleza» y que el «Estado velará por un uso razonable de las aguas. Las autorizaciones de uso de agua serán otorgadas por la Agencia Nacional de Aguas, de carácter incomerciable, concedidas basándose en la disponibilidad efectiva de las aguas».
Se agregó que será deber del Estado «asegurar la soberanía y seguridad alimentaria. Para esto promoverá la producción, distribución y consumo de alimentos que garanticen el derecho a la alimentación sana y adecuada, el comercio justo y sistemas alimentarios ecológicamente responsables».
Estas y otras normas económico-sociales son fruto de décadas de debates en el país y constituyen normas de sentido común y un nuevo consenso razonable para el siglo XXI. No atentarán contra la actividad económica, como los medios dominantes han querido presentarlas.
¿Qué impacto previsible tendrán estas normas en “el mercado”? Morgan Stanley cree que el contenido del texto llevaría a que “Chile se enfrentaría a una mayor carga fiscal y a un mayor control regulatorio sobre las empresas, especialmente en lo que se refiere al frente medioambiental. Sin embargo, en consonancia con nuestra opinión de siempre, no vemos indicios de elementos potencialmente perturbadores para el marco de la política macroeconómica del país», pues «las propuestas más extremas han sido rechazadas por el pleno». Esta entidad de evaluación de riesgos cree que las nuevas definiciones seguirán “promoviendo la inversión y manteniendo un marco fiscal mayoritariamente ortodoxo». En cambio, J.P. Morgan postula que se “genera una institucionalidad más débil para el país, considerando el nuevo sistema político (unicameral), la mayor cantidad de leyes ahora sujetas solo a mayoría simple, una ley de expropiación algo más débil y de independencia del Banco Central, entre otras cosas». Esta entidad incurre en juicios de hecho erróneos, como un supuesto unicameralismo, pero indicó que, tras sostener reuniones con clientes europeos, “la mayoría manifestó una visión constructiva sobre la bolsa chilena”.
Como se observa, las grandes catástrofes anunciadas en materia económica en el borrador de nueva Constitución son a la postre percibidas de otra manera. A pesar de las encuestas negativas, los actores políticos y económicos parecen pensar que el nuevo texto se aprobará en el plebiscito de salida y que deberán adecuarse a un nuevo contexto normativo sin mayores dramas.
También lo hace a su manera el diputado de derecha Diego Schalper, solo que para señalar que “seré el primero en ingresar un proyecto para restituir la constitución anterior”, evidenciando que aquello de que para ese sector la constitución de 1980 sería un asunto del pasado no es más que un volador de luces.