La seguridad nacional a pito de los correos del MINSAL por Luis Marcó

por La Nueva Mirada

“Los reyes de Egipto eran tan celosos de la justicia que hicieron jurar a los magistrados que nunca obedecerían sus mandamientos si sabían que eran injustos, y Felipe el Hermoso, rey de Francia, prohibió a los jueces dar cuenta o respetar las cartas reales, que son llamadas de justicia, si no las veían razonables.”
Giovanni Botero Senese. Della Ragione di Stato. Venezia, 1589.

La querella interpuesta por el alcalde Daniel Jadue contra el ex Ministro de Salud Jaime Mañalich y posteriormente ampliada al Presidente Piñera y los subsecretarios del MINSAL Paula Daza y Arturo Zúñiga se ha convertido en un dolor de cabeza para el gobierno. El juicio, de carácter criminal, apunta a ocultamiento de información en la evolución de los contagios y falsificación de instrumento público, acciones que habrían impedido a las autoridades locales tomar medidas más eficaces y oportunas frente a la pandemia, de ahí que se haga referencia a los decesos ocurridos en particular en la comuna de Recoleta.

La querella interpuesta por el alcalde Daniel Jadue contra el ex Ministro de Salud Jaime Mañalich y posteriormente ampliada al Presidente Piñera y los subsecretarios del MINSAL Paula Daza y Arturo Zúñiga se ha convertido en un dolor de cabeza para el gobierno. .

La investigación, a cargo del fiscal Xavier Armendáriz se ha topado con una cerrada negativa del gobierno a entregar los correos electrónicos del exministro Mañalich y documentación pertinente al caso. El argumento esgrimido por el vocero de gobierno es que se trata de un asunto de seguridad nacional, porque la acción del fiscal pudiera develar información que La Moneda considera sensible. Esta postura es la que sostienen judicialmente los abogados del ex Ministro Mañalich y del Presidente Piñera.

Esta negativa se da, además, frente a una orden decretada por un juez de Garantía, obligando al fiscal Armendáriz a recurrir a la Corte Suprema para despejar definitivamente el asunto.

Lo anterior no considera que la incautación de correos electrónicos es una medida común y válida en muchas investigaciones judiciales, incluidas varias que han comprometido a funcionarios públicos. De hecho es una anomalía que las autoridades políticas nieguen la información, más aun apelando a un concepto elusivo como la seguridad nacional, del cual los tribunales y la ciudadanía tendrían que hacer fe. Esta negativa se da, además, frente a una orden decretada por un juez de Garantía, obligando al fiscal Armendáriz a recurrir a la Corte Suprema para despejar definitivamente el asunto.

La legislación respecto de la seguridad nacional es bastante acotada en nuestro país. El espacio natural de este concepto se liga a las funciones de Defensa, Relaciones Exteriores e Inteligencia, aunque no exclusivamente, pero ello no valida el secretismo en estas instancias. Así, por ejemplo, han existido investigaciones judiciales en el ámbito de la Defensa como el denominado “milicogate”, el caso “pertrechos”, los “mirage Elkan”, por citar algunos, donde la tesis de la seguridad nacional no primó frente a eventuales delitos.

han existido investigaciones judiciales en el ámbito de la Defensa como el denominado “milicogate”, el caso “pertrechos”, los “mirage Elkan”, por citar algunos, donde la tesis de la seguridad nacional no primó frente a eventuales delitos.

En cuanto a la obligación de secreto aparece especialmente desarrollada en la ley 19.974, que creó la Agencia Nacional de Inteligencia y el Sistema de Inteligencia del Estado. En ese caso se estableció el deber de secreto de manera amplia y permanente para esta función, con penas agravadas para quien haga mal uso de la información. Pero el legislador puso un límite claro en el artículo 39: “Lo dispuesto en el artículo anterior no obstará a la entrega de antecedentes e informaciones que soliciten la Cámara de Diputados o el Senado, o que requieran los Tribunales de Justicia, el Ministerio Público a través del Fiscal Nacional, o la Contraloría General de la República, en uso de sus respectivas facultades…”. Es decir, el secreto no puede ser excusa para inhibir controles, fiscalización o investigación ni es excusa la seguridad nacional.

Es decir, el secreto no puede ser excusa para inhibir controles, fiscalización o investigación ni es excusa la seguridad nacional.

Considerando lo anterior es curioso, por no decir muy extraño, que el gobierno y la estrategia judicial del ex Ministro de Salud y el propio Presidente activen una razón tan poco asible. Es cierto que Mañalich negó información a la prensa en el ejercicio de su cargo respecto a la adquisición y tránsito de ventiladores y equipos médicos y argumentó que eran materias de seguridad nacional. En la crisis de la pandemia, con todas las excepcionalidades existentes, nadie cuestionó aquello. Sin embargo, las triquiñuelas que haya usado el Estado chileno para compras médicas de última hora no son el centro de la investigación de Armendáriz, a menos que los correos tan celosamente cautelados puedan ampliar la investigación a otro tipo de ilícitos, como ya se vio en los arriendos de los denominados “hoteles sanitarios”. Al margen de ello, es necesario ir aclarando como pasamos de ser un “ejemplo” mundial frente al Covid-19 a estar entre los diez países más azotados por la epidemia y un Presidente que le pide al virus que “se vaya y nos deje tranquilos”.

Dicho lo anterior, habría que preguntarse si el afán de secreto tiene algún sentido más allá de los intereses de los propios requeridos. En el breve lapso de un año, con el estallido social y los rigores de la pandemia, en que a los ciudadanos se nos dice constantemente que se puede y no hacer, con restricciones diversas, lo mínimo habría sido que las autoridades de gobierno colaborasen con la justicia y rindieran cuenta de las decisiones adoptadas. Sin embargo, la tesis de la seguridad nacional implicaría a lo menos dos cosas para la Corte Suprema: por un lado, ir más allá de leyes vigentes, como la ley de inteligencia, sentando un precedente para que cualquier gobierno interpele o presione a la Justicia bajo el mismo principio. Por otro, no tocar el fondo del tema, lo que dejaría abiertas las sospechas sobre manipulación en el manejo de la pandemia y las consecuencias en términos de pérdida de información y dificultad para establecer la verdad a futuro.

habría que preguntarse si el afán de secreto tiene algún sentido más allá de los intereses de los propios requeridos.

Por último, el caso también tiene un punto interesante dado que la seguridad nacional, aparece como un pie forzado, especialmente porque la querella se refiere a personas y no al Estado chileno en particular, pero la defensa del mandatario y el discurso oficial parecieran equiparar las cosas. Giovanni Botero Senese, el primero en sistematizar la idea de razón de estado en el siglo XVI, consideró que ésta tenía como condición una justicia independiente del soberano porque es “el fundamento de la paz y el establecimiento de la concordia del pueblo”. En consecuencia, la tesis de La Moneda, invocando una seguridad nacional que justificaría todo por sí misma, no solo es peligrosamente autoritaria y acomodaticia, sino que se acerca más a la controvertida idea de Maquiavelo donde lo que importa es el interés del Príncipe, aunque eso implique tironear o incluso vulnerar un mínimo sentido de Justicia.

la tesis de La Moneda, invocando una seguridad nacional que justificaría todo por sí misma, no solo es peligrosamente autoritaria y acomodaticia, sino que se acerca más a la controvertida idea de Maquiavelo donde lo que importa es el interés del Príncipe, aunque eso implique tironear o incluso vulnerar un mínimo sentido de Justicia.

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