La vulgarización de los derechos humanos

por Jaime Esponda

El mes de agosto ha sido pródigo en anuncios gubernamentales sobre derechos fundamentales, que traslucen una combinación de decisiones políticas fundadas y acciones de propaganda, como fueron, entre otras, el artificioso traslado de presos en el marco del “Plan Cancerbero”; la celebración, por el presidente Kast, de la absolución del autor de los disparos que cegaron de por vida a Gustavo Gatica; el aviso del ministro de Justicia sobre una reforma del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH); la ampliación del plazo de detención extrajudicial de los migrantes hasta por 180 días y el actual proyecto de reforma constitucional relativo a la seguridad. También, en agosto afloraron denuncias sobre decisiones del gobierno mantenidas en reserva, que apuntan a desmantelar parte de la estructura institucional de la justicia transicional.

Desde 1990, el Estado construyó una respuesta constitucional, legislativa y política para dar cumplimiento a los principios de la Justicia Transicional, que la representante regional del ACNUDH, Montserrat Solano, ha calificado como una “arquitectura institucional relevante y robusta”[i]. Los gobiernos de la Concertación y sus continuadores, junto con elevar a rango constitucional los tratados internacionales de derechos humanos, impulsaron procesos de esclarecimiento de la verdad que facilitaron la justicia penal, ejecutaron el más acabado programa de reparación en América Latina y aplicaron basamentos para el rescate de la memoria histórica. De ello son hitos la reforma del artículo 5° de la Constitución[ii], las Comisiones Rettig y Valech, la Subsecretaría de Derechos Humanos, el Museo de la Memoria y el INDH. Pese a la resistencia de la derecha, el respaldo mayoritario de la población determinó que sus parlamentarios aprobasen aquellas medidas que requerían cambios legislativos. También, en estos tres decenios, el país ha sido capaz de avanzar, con enfoque de derechos humanos, en el sistema procesal penal que reemplazó el decimonónico proceso inquisitivo y la primera ley moderna sobre migración.

Ninguno de aquellos componentes de la justicia transicional, ni los avances en materia de derechos humanos son “de izquierda” o calificables de “políticos”, en el sentido ideológico o partidista de la expresión. Al contrario, obedecen a principios jurídicos universales consensuados por la humanidad tras los horrores de los totalitarismos del siglo XX y la Segunda Guerra Mundial. De allí la gravedad de los retrocesos, en marcha o anunciados, que amenazan con el desmantelamiento de aquella “arquitectura institucional”.

No son “de izquierda” -ni se hace o se hacía “política”- en las unidades del misterio de Justicia y otros ministerios que han sido disueltas luego de décadas de experiencia[iii], ni en el Programa ministerial de Derechos Humanos, ni en el Plan Nacional de Búsqueda de detenidos desaparecidos o el programa de atención en salud a las víctimas de la dictadura (PRAIS) y otros amenazados con su discontinuidad, en virtud de directivas del ministro Quiroz. Tampoco es “de izquierda” el Plan Nacional de DDHH que ha sido retirado de la Contraloría. Todos esos componentes de la política pública sobre derechos humanos individuales solo cumplen con la obligación estatal de procurar el esclarecimiento de crímenes, la búsqueda de la justicia y el acompañamiento y reparación a las víctimas y sus familiares. 

Tampoco la actuación judicial de los gobiernos en la persecución de crímenes de lesa humanidad y el resguardo de sentencias condenatorias ha obedecido a una posición ideológica que pueda justificar las instrucciones del ministerio de Justicia a sus abogados, para que se resten de comparecer en las audiencias de ejecución de penas o beneficios penitenciarios a los criminales. Al contrario, tal actuación judicial obedece al deber general de garantía estatal, que se extiende a garantizar el cumplimiento efectivo de las sentencias cuando se pretende obtener medidas indebidas de sustitución o formas de ejecución prohibidas por el derecho internacional[iv].

La declaración como sitios de memoria o la expropiación, para tales fines, de recintos donde se practicó la tortura y se asesinó, como la ex Colonia Dignidad, de cuya expropiación se ha desistido el actual gobierno, tampoco obedece a un capricho partidista sino a la obligación jurídica estatal de cumplir con el tercer principio de la justicia transicional, consistente en resguardar la memoria histórica, una de las garantías de no repetición de los horrores.De otro lado, las atribuciones del INDH para accionar judicialmente, cuya supresión ha anunciado el actual ministro de Justicia, no son un asunto político partidista, sino las mismas de que están investidos en otros países los ombudsman, propias del “mandato amplio” contemplado por los Principios de París, de 1993, principal directriz internacional de la institucionalidad pública de derechos humanos.

La desarticulación de todo lo avanzado en más de treinta años se vería agravada en caso de aprobarse el proyecto de indulto general o si el presidente de la República aplicare indultos particulares a uniformados condenados por delitos perpetrados durante el estallido social. Nunca será inoportuno insistir en que los jueces no pronunciaron las sentencias condenatorias motivados por animadversión política sino aplicando el imperio de la ley, en cumplimiento de su exclusiva e inexcusable función constitucional. Y lo hicieron luego de acreditarse, mediante los medios de prueba legales, que los condenados no actuaron en cumplimiento de su deber sino infringiéndolo gravemente, con la inédita consecuencia, entre otras, de 464 personas víctimas de trauma ocular[v].

También el mes de agosto ha sido copioso en iniciativas que afectan directamente los derechos humanos de la totalidad o parte de la población, entre las cuales destaca por su gravedad el proyecto de reforma constitucional que forma parte de la denominada Agenda contra el Crimen Organizado y el Terrorismo (ACOT), la cual afecta núcleos esenciales de los derechos civiles, ¡no de los integrantes del crimen organizado! sino de las personas comunes y decentes, con el evidente propósito de ejercer un control social y político sobre la población. La autoridad debiese entender que la oposición rotunda a estos anuncios no es una oposición “de izquierda” o amparada en alguna ideología, sino la defensa del orden jurídico universal. La resistencia cívica a la pretensión autoritaria del gobierno de privar extrajudicialmente a la población de derechos básicos, hasta por ocho meses, no es “de izquierda” sino obedece a la Convención Americana de Derechos Humanos, a la jurisprudencia internacional y a principios generales del derecho comunes a las naciones civilizadas[vi].

A esta amenaza mayor a los derechos humanos se debe agregar la suspensión de derechos educacionales y prestaciones sociales de las personas incluidas en el futuro “Registro de Personas condenadas por Actos Vandálicos e Incivilidades”, así como la ampliación de la detención extrajudicial de extranjeros en situación irregular que no han delinquido, por hasta ciento ochenta días, que ha recibido un informe adverso de la Corte Suprema.   

El contexto internacional y nacional no es receptivo a la argumentación jurídica. La ofensiva del gobierno contra los sustentos institucionales del sistema de derechos humanos acaece en una mala época para el sostén de estos derechos, debido al débil respaldo ciudadano y a la correlación de fuerzas políticas en el Congreso.

Ya en 2024, un 69.8% de las personas estimaba que “para detener el crimen a veces hay que pasar por encima de los derechos de lo delincuentes[vii].

Hoy, tras varios años de sostenido discurso derechista centrado en el crimen y la seguridad, no es extraño que las iniciativas legislativas del Ejecutivo obtengan un abrumador respaldo en las encuestas, donde un 93% se manifiestaría de acuerdo con el denominado “Plan Cancerbero”[viii]. En este clima, no es delirante presagiar la convocatoria a un plebiscito constitucional, en caso de no aprobarse el proyecto de reforma impulsado por el gobierno, una idea que, si bien descartaron los ministros Alvarado y García Ruminot, no la ha desechado el ministro Arrau, principal impulsor del proyecto.

En los años 90 y comienzos de nuestro siglo, la valoración de la población hacia las libertades y el respeto a los derechos fundamentales era abrumadoramente favorable. Ello es explicable, pues una motivación principal de la derrota de la dictadura fue el repudio mayoritario a las violaciones de derechos humanos. Si en aquella época tal repudio empujó a la derecha a aprobar las leyes transicionales, hoy el balance se ha revertido radicalmente, debido al éxito del discurso antiderechos humanos de la derecha dura.

Personalmente, estimo que este resultado se debe, en parte, a que tal discurso encontró terreno fértil en vastos sectores de la población creyente cristiana que, debido a los valores éticos neoliberales, abandonó la utopía de la solidaridad, trocándola por el individualismo, el relativismo moral y el consumismo.

 La actual mirada de la derecha sobre los derechos humanos individuales luce históricamente incongruente, porque tales derechos no tuvieron su origen en la izquierda socialista, sino fueron una creación del liberalismo individualista, cuyos principios había expuesto Locke, en el siglo XVII y se materializaron en la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, de 1789. Y, para la izquierda, especialmente la que adhería a los socialismos reales, durante el siglo XX el discurso prolibertades conculcadas en los regímenes comunistas le era incómodo. Hoy los roles se han invertido y la implacable realidad enseña que, con el crecimiento del extremismo populista, gran parte de la derecha se ha alejado radicalmente de los principios del liberalismo político relativos a los derechos individuales. En Chile, esta deserción se adelantó varias décadas y se manifestó brutalmente cuando la derecha fue sostén de la dictadura civil militar. Y si en la transición democrática su resistencia a las políticas por la verdad, la justicia y la reparación fue solo larvada, ello se debió al abrumador rechazo social a las violaciones de derechos humanos. 

Retomando sus conceptos de la época dictatorial, desde hace poco más de una década, la derecha engendró e intensificó un discurso vulgar destinado a politizar los derechos humanos, identificándolos con la izquierda. Aunque la única base material de esta pretensión es que las víctimas chilenas de violaciones de derechos humanos, desde hace medio siglo, han sido, en general, ciudadanas y ciudadanos de izquierda, el resultado de ese relato chabacano ha sido exitoso. Para buena parte de la población, contra todo fundamento teórico e histórico, los derechos humanos “son de izquierda”. Leo el mensaje, por Twitter, de un ciudadano común, quien sostiene que “los derechos humanos son para personas de izquierda, no para todos los seres humanos”.

El desenvolvimiento de esta prédica grosera lleva a afirmar que los criminales de lesa humanidad condenados por los tribunales son víctimas de violaciones en sus derechos y que los jueces solo reconocen sus derechos a la gente de izquierda o a los delincuentes comunes. En reciente entrevista, el presidente del Centro de Generales en Retiro, José Gaete, sostiene que la persecución penal de aquellos crímenes, a los que agrega los perpetrados durante el estallido social, es “un inmenso negocio político”; y aunque afirma que el actual gobierno “me gusta mucho por su discurso previo”, lamenta que los uniformados condenados “continúan presos por situaciones que no dan motivo para esa condena, que es absolutamente politizada e ideologizada”[ix]. Análoga desjuridización y politización de los derechos humanos exhibe el senador republicano Ignacio Urrutia, quien considerando “espectacular que el 11 de septiembre el Presidente Kast empiece a indultar uniformados”, se coloca en el evento de que no lo haga y le advierte que “si pretende estar bien con la izquierda, va a empezar a perder la gente de la derecha», aunque reconoce que “hay que ser valiente para poder defender a lo suyos” y no “hacerse el lindo con la izquierda”[x].

Desde luego, la molestia de gran parte de la derecha con la aplicación de las normas jurídicas vigentes en materia de derechos humanos también se manifiesta en argumentaciones mayormente elaboradas que manifiestan su adhesión a doctrinas jurídicas superadas por el desarrollo del derecho. Así, el rechazo de la exministra Tohá a los proyectos de seguridad del gobierno fue atribuido por el presidente del partido Republicano a su proclividad al “sistema garantista”, el cual “evidentemente tiene que quedar atrás”[xi],  porque en él “la proporcionalidad en el uso de la fuerza es la regla general”[xii]. Y a su colega centro derechista Matías Walker, quien calificó el proyecto como “esta locura”[xiii], Squella le increpó que “estar inquieto por el control de salud de estos criminales” es “una distorsión que simplemente no se entiende”[xiv]. Para el líder del principal partido de la derecha, carece de relevancia que el sistema procesal penal acusatorio -o “garantista”- rija hoy en casi todos los países del mundo, en vez del sistema inquisitivo que parece añorar, A la vez, estima justo que, como regla general, la policía ejerza un uso desproporcionado de la fuerza, y estima que no atenta contra el derecho negar la atención de salud a un condenado.

El extremo grado en que se ha desarrollado el discurso contra los derechos humanos y que hoy sea el propio gobierno quien lo sustenta ha causado contrariedad, si no a partidos de la derecha, al menos a personeros relevantes, como el senador Walker y otros parlamentarios, así como a influyentes académicos y publicistas, que si bien no han rechazado radicalmente la iniciativa de seguridad del ministro Arrau, se han opuesto a sus propuestas más extremistas, como es el nuevo estado de excepción constitucional.

Mas no será fácil doblegar a quienes, mediando aquel discurso vulgar, han alcanzado el poder y que, desde su ejercicio, siguen considerando que el Derecho es un estorbo para gobernar. Es la misma mentalidad dual de Diego Portales que, a la vez de implantar el orden constitucional del siglo XIX, en el fondo de su corazón estimaba que “la ley no sirve para otra cosa que no sea para producir la anarquía, la ausencia de sanciones, el libertinaje”, pues “si yo, por ejemplo, apreso a un individuo que sé que está urdiendo una conspiración, violo la ley. ¡Maldita ley, entonces!, si no deja al brazo del Gobierno proceder libremente en el momento oportuno”[xv].

Es más, tal como Trump se indigna con los jueces que anulan sus órdenes migratorias, también a gran parte de la derecha los magistrados le son molestos y hasta objeto de desprecio, sin importar que hayan aplicado correctamente el derecho. Así, transmutando la contienda judicial en un combate político, una diputada republicana, omitiendo enunciar algún argumento legal, cuestiona “abiertamente a jueces y fiscales que han protegido y defendido a delincuentes”, agregando que prefieren “apuntar a un uniformado que al lumpen”[xvi].

Pero cuando la sentencia favorece al acusado de violación de derechos humanos, como ocurriera en el caso de Claudio Crespo, esa actitud se revierte, desde el jefe de Estado hacia abajo, con acepciones emocionales extrajurídicas, como que la justicia “habló fuerte y claro”[xvii].

Esa proclividad emocional del presidente anima a sus seguidores, incluso parlamentarios de Evópoli y el PDG, y los hace “presionar” desde el Congreso al propio mandatario[xviii] para que indulte a carabineros y miembros de las fuerzas armadas que han sido condenados por los tribunales de la República, en un debido proceso, luego de probarse la comisión de crimenes durante el estallido social. Uno de los “presionantes”, el diputado de RN Daniel Valenzuela, justifica el indulto en que, a su juicio, “no puede ser que la gente que nos cuida, que nos protege, esté tras las rejas”, sin importar si delinquieron o no[xix]; y el representante de la UDI Sergio Bobadilla, lo defiende porque los condenados “fueron perseguidos por el Instituto de Derechos Humanos y el gobierno anterior”[xx], omitiendo al Ministerio Público, principal persecutor, cuya acusación fue acreditada. Ninguno de estos parlamentarios consideró el rigor jurídico utilizado por los jueces para apreciar las circunstancias eximentes o las causales de justificación recogidas en la inmensa mayoría de las sentencias, que fueron absolutorias, con solo un 1.9% de denuncias seguidas de sentencia condenatoria[xxi].

Un caso paradigmático de politización de los derechos humanos por la derecha es su cruzada contra el Instituto Nacional de Derechos Humanos, para neutralizar su cometido e, incluso, lograr el control político de la entidad. Las críticas no se dirigen a la veracidad de sus informes o a las pruebas ofrecidas por el INDH en los tribunales sino, según el ministro de Justicia, a que el instituto “tiene absolutamente un tinte de izquierda”[xxii], acusación ratificada por el presidente de la UDI, quien, sin exponer ningún antecedente de hecho, sentenció que el INDH está “preocupado de defender posiciones políticas”[xxiii]. Es cierto que, si bien no todos los consejeros y consejeras de la institución militan en un partido, la mayoría son progresistas, lo cual es explicable, puesto que las víctimas de violaciones a los derechos humanos han sido, casi todas, de izquierda y es a partir de su padecimiento que se crearon las organizaciones que concurren a elegir parte del Consejo del INDH. Para revertir esta realidad, creando organizaciones afines, la derecha debiese realizar una campaña un tanto extravagante y, por ello el ministro de Justicia prefiere modificar la integración del Consejo[xxiv].  

Sería parcial y acrítico sostener que la izquierda carece de responsabilidad en la actual politización de los derechos humanos por la derecha. Al contrario, la histórica carencia de la izquierda, al menos hasta hace cuatro años, de un discurso frontal contra la delincuencia y en defensa del derecho humano a la seguridad frente al crimen organizado, favoreció objetivamente la prédica que identifica los derechos humanos con mano blanda hacia los delincuentes. Este déficit se explica por la condescendencia hacia un electorado adverso al ejercicio de la fuerza por el Estado. Sin embargo, por el lado opuesto, una temerosa deferencia de la centroizquierda hacia la mayoría social capturada por el discurso de la “mano dura” explica, también, su respaldo a medidas altamente discutibles desde el prisma penal y humanitario, como es la legítima defensa privilegiada en el ejercicio de la fuerza policial, sumada a la obligación del juez de aplicar una atenuante ficticia en caso de no configurarse aquella defensa, como ocurre en la Ley Nain Retamal.

De otro lado, es inaceptable la adhesión de algunos parlamentarios y candidatos de izquierda, en la última contienda electoral, a planteamientos xenófobos que conducen inevitablemente al desconocimiento de derechos fundamentales de los migrantes.

Tampoco se ha conocido autocrítica pública de los consejeros de izquierda del INDH, por su actuación -agresiva o débil- en el fatal conflicto interno previo al estallido social, que debilitó al Instituto y ofreció argumentos a la derecha para sustentar su acusación de politización hasta extremos de falsedad tales como afirmar que el consejo del INDH estaría “capturado por intereses ideológicos de un sector político particular vinculado al Partido Comunista”[xxv].     

Por último, al discurso ideologizado de la derecha sobre los derechos humanos individuales también ha contribuido a la adhesión de fuerzas de izquierda a regímenes violatorios de las libertades en otros países, negando la evidencia histórica.

 Creo firmemente que la situación descrita no llegó para quedarse y que es posible revertir el ambiente contrario a los derechos humanos y su politización indebida. En lo coyuntural, ello exige del mundo académico, profesional y de organizaciones de la sociedad civil comprometido con los derechos humanos, ejercer la ética de los principios, defendiendo con intransigencia y sin concesiones los postulados jurídicos universales atacados por la extrema derecha. En cambio, a quienes ejercen funciones políticas y cabe incumbencia en el resultado material de las acciones e iniciativas del gobierno y la derecha, les corresponde ejercer, con sagacidad, la ética de la responsabilidad y, junto con defender las normas ius cogens, procurar que, en la inevitable negociación con sus adversarios, la afectación de esas normas y de los principios del derecho sea lo más reducida posible.

Mirando al largo plazo, es tarea de unos y otros, armonizados, dotar de energía a un relato humanista contagioso, para que la ciudadanía recupere su tradición de apego a los estándares de derechos humanos y el estado de derecho.


[i] https://radio.uchile.cl/, 12.08.2026

[ii] Mediante la reforma constitucional de 17 de agosto de 1989, negociada por la Concertación con el Ejército, se modificó el artículo 5°, inciso segundo de la Constitución, y se otorgó jerarquía constitucional a los tratados internacionales sobre derechos humanos, lo cual fue determinante en la denegación judicial del decreto ley de amnistía y en  la juriprudencia condenatoria de las violaciones de esos derechos. 

 

[iii] Por ejemplo, la disolución o desmantelamiento de la Unidad de DDHH y Pueblos Indígenas del ministerio de Bienes Nacionales, de la Unidad de Estudios del Servicio de Migraciones, de la Unidad de Búsqueda de Orígenes y Familiares de Personas Afectadas por Adopciones Ilegales, Forzadas o Irregulares (UBAFI) de la Subsecretaría de Derechos Humanos, etc.

[iv] Hasta la fecha, de 23 audiencias judiciales sobre solicitudes de condenados por crimenes de lesa humanidad, los abogados del Programa de Derechos Humanos se han ausentado o desistido de los recursos en 20 de ellas. Se incluye, casos de condenados por la Caravana de la Muerte, un caso de la masacre de Paine y otros análogos.

[v] Ministerio Público, Informe estadístico del estallido social, Octubre 2025.

[vi] Artículo 7.5 de la Convención Americana, que obliga a llevar sin demora a toda persona detenida ante un juez. Sentencia Vélez Loor Vs Panamá, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, 2010.  

[vii] Pontificia Universidad Católica de Chile, Encuesta Bicentenario 2024.

[viii]  Encuesta CADEM, 18.08.2026.

[ix] La Segunda, 11 de agosto de 2026.

[x] La Tercera, 11 de agosto de 2026.

[xi] https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/chile/2026/08/10

[xii] https://elpais.com/chile/2026-08-16

[xiii] IBD.

[xiv] IBD.

[xv] Diego Portales, carta a Antonio Garfias, 6 de diciembre de 1834

[xvi] Tweet de diputada Javiera Rodríguez @capitanarod, 14.08.2026, 1.09 pm.

[xvii] Tweet de José Antonio Kast, @joseantoniokast, 03.08.2026, 11.38 pm

[xviii]  Término utilizado por el diputado Sebastián Zamora, ex-carabinero absuelto en el caso Pío Nono”  https://radio.uchile.cl/2026/08/05

[xix] https://radio.uchile.cl/2026/08/05.

[xx]  IBID.

[xxi] Ministerio Público, Informe estadístico del estallido social, Octubre 2025.

[xxii] https://radio.uchile.cl/2026/08/03/

[xxiii]  IBID.

[xxiv] https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/chile/2026/08/05.

[xxv] Presentación de diputados de la UDI Flor Weisse y Sergio Bobadilla, y Hans Marowski y Pier Karlezi, del Partido Nacional Libertario (PNL), al ministro de Justicia.

https://www.t13.cl/noticia/  15.07.2026.

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