Trump: ¿La geoeconomía desordenada?

por Gabriel Loza

Tratar de entender la política arancelaria actualmente vigente en Estados Unidos es una tarea difícil para los lectores y creo que también para muchos académicos que no saben qué hacer con sus manuales de comercio internacional, donde el debate se centra entre liberalismo versus proteccionismo y que se supone que la globalización clausuró el falso dilema con el triunfo del liberalismo a nivel global. Empero, desde el primer gobierno de Trump y, especialmente en su segunda administración, volvió a posesionarse de nuevo la política comercial como instrumento central de la política de industrialización y de la política exterior de Estados Unidos. Sin embargo, la Nueva Política Comercial, que se suponía consistente legalmente y con coherencia económica, se fue desmoronando al tener una base legal muy débil y los niveles arancelarios se volvieron muy discrecionales y volátiles, aunque inicialmente en función de criterios geopolíticos y después en función de las circunstancias y cambios de humor de Trump.

Así, partió de un arancel adicional uniforme global justificado por la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA por sus siglas en inglés) de 1987 y se formalizó con el arancel recíproco diferenciado de 10% al 50% y la suscripción de acuerdos bilaterales para lograr tratamientos preferenciales. Empero, fue cuestionado por su propia Corte Suprema de Justicia al declarar, en febrero de 2026, no procedente la utilización de la IEEPA, puesto que todo el andamiaje arancelario aplicado a discreción no estaba autorizado por la Ley al no mencionar la palabra arancel. Después, a partir de febrero de 2026, la trayectoria del arancel fue aún más sinuosa y desprolija, tratando de justificar la excusa de la emergencia internacional por desequilibrios de balanza de pagos (sección 122 de la Ley de Comercio de 1974)), que permite aplicar aranceles pero por plazos cortos (150 días). Posteriormente, se cambió de causa del desequilibrio al invocar la de prácticas desleales para lo cual Trump acudió a la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974 para sancionar a 60 países por la entrada al mercado estadounidense de bienes presuntamente fabricados mediante trabajo forzado. Y recientemente, recurrió a la sección 338 de la Ley Arancelaria de 1930 para sancionar a las importaciones del Canadá, con el motivo de compensar cualquier carga o desventaja que se imponga al comercio de los Estados Unidos.

Un resumen de la sinuosa trayectoria de la fundamentación legal de la Guerra Arancelaria de Trump se presenta seguida de la trayectoria voluble del arancel para terminar con el concepto de geoeconomía.

América Primero

La Guerra Comercial la inició Trump el 20 de enero de 2025 bajo el estandarte de su nueva Política Comercial América Primero (America First Trade Policy) abriendo unilateralmente el inicio de hostilidades con el resto del mundo anunciando “un arancel suplementario global”. Fue el 1 de febrero de 2025 cuando Trump invocó la IEEPA para anunciar aranceles a las importaciones de Canadá, México y China, declarando emergencia económica por motivo del tráfico de drogas ilícitas.

En el famoso Liberation Day, 2 de abril de 2025, estableció la “Regulación de las importaciones con un arancel recíproco para rectificar las prácticas comerciales que contribuyen a los grandes y persistentes déficits anuales del comercio de mercancías de los Estados Unidos”, declarando emergencia económica debido a que los déficits comerciales son una amenaza a la seguridad nacional debido a la «falta de reciprocidad en nuestras relaciones comerciales bilaterales”. Trump invocó la IIEPA para aplicar aranceles de al menos un 10% sobre las importaciones de casi todos los socios comerciales estadounidenses y aranceles recíprocos más altos y específicos de cada país y abrió negociaciones para arribar a acuerdos comerciales. Empero, fue el 31 de julio de 2025 cuando autorizó formalmente gravar tarifas arancelarias a 70 países y a sectores específicos.

De esta manera EUA unilateralmente volvió a las prácticas comerciales antes de la creación del GATT en 1949 y de la Organización Mundial de Comercio en 1990, que había establecido el multilateralismo y el principio de no discriminación mediante el trato a la nación más favorecida. Los acuerdos comerciales, más de 10 de los 70 anunciados, son acuerdos administrados, no de libre comercio ni de libre inversión, tal como eran en la época del regionalismo abierto y de la globalización. Son acuerdos de “seguridad nacional”, como en la época de la Guerra Fría, dando inicio a la que denominé “geo globalización administrada” a diferencia de otras denominaciones, como la de los organismos internacionales, de geo globalización o geolocalización y, recientemente, en medios académicos el concepto de geoeconomía que está de moda.  La geo globalización administrada – La Nueva Mirada.

La decisión de la Corte Suprema de Justicia

Trump en sus órdenes ejecutivas tanto del 2 de abril como del 31 de julio había encabezado su decisión: “Por la autoridad que me confiere como Presidente, la Constitución y las leyes de los Estados Unidos de América, incluida la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA). Sin embargo, según la Corte Suprema de Justicia, en su fallo del 20 de febrero de 2026, la IEEPA si bien otorga al Presidente amplias competencias económicas para atender ciertas emergencias declaradas bajo la Ley de Emergencias Nacionales, como la de “autoridad” para «regular» o «prohibir» las importaciones de ciertos bienes, no le confiere la autoridad de aplicar aranceles, siendo la competencia la del Congreso de EUA.

Esta decisión histórica significó que hasta 166.000 millones de dólares en recaudaciones de la agencia de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. (CBP por sus siglas en inglés) procedentes de los aranceles de Trump impuestas bajo la IIEPA estén sujetas a reembolsos. El Tribunal Supremo quitó la base legal, el piso, en que se apoyaba todo el castillo arancelario de Trump.

Del desequilibrio externo al trabajo esclavista

Ante la decisión de la Corte, en la búsqueda de otras excusas o argumentos legales, Trump proclamó nuevos aranceles bajo la Sección 122 de la Ley de Comercio de 1974 que, al igual que la IEEPA, no se había utilizado para imponer aranceles antes de la segunda administración Trump. La Sección 122 otorga al Presidente la autoridad para imponer un recargo «temporal» por importaciones de hasta 150 días, con una tasa máxima del 15%, cuando sea necesario «para hacer frente a grandes y graves déficits de balanza de pagos de Estados Unidos». Al igual que la declaración de emergencia que subyace a los aranceles recíprocos bajo la IEEPA, la proclamación de la Sección 122 citaba cuestiones como «grandes y persistentes déficits comerciales». Esta disposición está contenida en las normas de OMC, son medidas de emergencia temporales para enfrentar desequilibrios transitorios de balanza de pagos, se aplican en forma uniforme, no varían por país pues el desequilibrio es general.

Es asi que Trump impuso aranceles de reemplazo del 10% sobre todas las importaciones y solo por 100 días, acogiéndose a la Sección 122 de la Ley de Comercio de 1974, no obstante, la Corte de Comercio Internacional falló en mayo de 2026 en una decisión que la Sección 122 no tenía por objeto abordar los déficits comerciales sino importaciones que causan perjuicios graves. Sin embargo, el tribunal sólo bloqueó los aranceles para tres importadores que demandaron: dos pequeñas empresas y el estado de Washington.

En vista de que el plazo por balanza de pagos se iba a cumplir, Estados Unidos   recurrió a la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974 que tiene por objetivo principal proteger a empresas y trabajadores estadounidenses frente a barreras comerciales, prácticas discriminatorias o políticas que perjudiquen el comercio de EUA y que permite imponer aranceles, sanciones u otras restricciones para presionar al país extranjero a modificar sus políticas y crear condiciones más equitativas. La excusa utilizada en este caso fue el fracaso de cada economía para imponer y hacer cumplir efectivamente una prohibición de la importación de bienes producidos con trabajo forzado. Asi, aplicó aranceles: uno del 10% para 17 economías y otro del 12,5% para el resto de países (43) en que se incluye a Chile por trabajo forzado.


Gráfico 1
Mosaico arancelario: Tarifas por trabajo forzado que podrían sobrelapar otros aranceles.
Promedio de las tarifas ponderadas por el comercio

De esta forma se tiene hoy un mosaico de aranceles de seguridad nacional de la Sección 232 y aranceles de la Sección 301 además y una serie de acuerdos comerciales bilaterales que solo sería la primera fase del nuevo muro arancelario posterior a IEEPA (Gráfico 1).

La siguiente fase se pondrá en marcha con la investigación pendiente de la Sección 301 sobre la capacidad excedente industrial, que apunta a muchos de los mayores proveedores del mercado estadounidense y cubre más del 75 por ciento del total de importaciones. Por tanto, la verdadera prueba de la estrategia arancelaria post-IEEPA de la administración Trump aún está por llegar. Los principales socios comerciales estadounidenses aún no están fuera del punto de mira arancelario y la guerra comercial continúa bajo distintas modalidades con diferente arsenal monetaria pero curiosamente con un débil respaldo legal.

Y la perla reciente la puso Trump a su exaliado Canadá al incrementar los aranceles a todos los automóviles y camiones, piezas de automóviles y acero al 50% a partir del 1 de enero de 2027, para lo cual recurrió a la sección 338 de la Ley Arancelaria de 1930, que no se aplica desde la gran recesión, para compensar cualquier carga o desventaja que se imponga al comercio de los Estados Unidos. En su publicación social del lunes 24 de agosto después de que las conversaciones comerciales con Canadá colapsaron durante el fin de semana Trump dijo: “Canadá ha estado estafando a los Estados Unidos de América durante años” (…) Sobre el comercio, y también de otras maneras, se encuentran entre las peores naciones del mundo para tratar. ¡Se sienten con derecho, y, sin embargo, no necesitamos Canadá, nos necesitan!”.

https://truthsocial.com/@realDonaldTrump/posts/117150758113256193

La volátil trayectoria del arancel de Trump

El Laboratorio de Análisis del Presupuesto (Budget Lab Analysis) presenta la trayectoria del arancel de Trump desde su segunda asunción al Gobierno de Estados Unidos, cuando la tarifa efectiva era de 2,5% en enero de 2025 pasando por el Liberation Day con un incremento o un adicional del 20%, declinando al 8% en marzo de 2026 para llegar a un 13% a fines de julio de este año y suponer una posible trayectoria hasta fines de año con base en las disposiciones legales vigentes (Gráfico 2).

En un año y medio el perfil arancelario ha mostrado cambios que no se han dado ni siquiera en economías de tercer mundo en su fase proteccionista, con una alta volatilidad y dispersión arancelaria, todo lo contrario a lo que decían los manuales de economía internacional de mantener un arancel uniforme, bajo, con pocos niveles arancelarios, baja dispersión y que constituya una señal clara y estable para la asignación eficiente de los recursos.


Gráfico 2
Tarifa efectiva arancelaria ponderada por las importaciones
En porcentajes

El Laboratorio de Análisis del Presupuesto presenta el siguiente resumen de la situación arancelaria actual y sus efectos en los precios y el costo de los hogares:

  1. La tasa arancelaria media legal se sitúa ahora en el 11,0%, aproximadamente donde se estableció tras la expiración de los aranceles de la Sección 122 el 24 de julio y su sustitución por nuevos aranceles bajo la Sección 301. Según la ley actual, que incluye varios aumentos arancelarios programados entre ahora y diciembre, esta cifra se estima en el 11,8% para finales de este año.
  2. Estimamos que el impacto final en los precios al consumidor de la política arancelaria vigente es de aproximadamente el 0,7%.
  3. Los costes estimados para los hogares debido al incremento de los aranceles suman aproximadamente 1.100 dólares anuales según la legislación vigente.

¿Geoeconomía de Trump?

Tratar de justificar la zigzagueante y errónea política comercial de Trump es muy difícil. En diferentes medios académicos e inclusive en Blogs de organismos internacionales, como el FMI, se está imponiendo una nueva narrativa de la geo economía relativa a que “ Los gobiernos tienen buenas razones para imponer aranceles o sanciones con fines geopolíticos, pero deberían sopesar los pros y los contras” o que “ Los gobiernos suelen adoptar políticas económicas coercitivas en medio de una lucha geopolítica inmediata” y que “Las políticas geoeconómicas son una herramienta valiosa de la política exterior”. El costo de la coerción geoeconómica

Por supuesto que no se refieren directamente a Estados Unidos y a la Política de Trump sino a las economías en general como si todas, como dice la teoría, tienen el mismo peso en la economía y el mercado mundial. El imperialismo inglés y el estadounidense serian casos extremos aunque menciona que “La política internacional y la economía internacional siempre han estado íntimamente unidas”.

La idea es reconocer que existió desde antes, aunque ahora notan que “En todo el mundo, la línea que separa la política económica de la seguridad nacional se está desdibujando” y que una definición rápida de geoeconomía sería: la combinación de finanzas y seguridad nacional”, empero “La geoeconomía de hoy se encuentra en la encrucijada de las finanzas, la seguridad nacional y la macroeconomía”. Y termina reconociendo que durante “la mayor parte de la historia de Estados Unidos, la geoeconomía fue la norma. Los tres últimos decenios han sido la excepción”.

El peligro de esta nueva era de la geoeconomía es, como Trump y su doctrina America First, pretenden, utilizar cualquier pretexto para justificar su política agresiva o cambio de humor asimilando como tautología que “la seguridad económica es seguridad nacional” y que “la seguridad nacional es lo que nosotros digamos que es”. El retorno de la geoeconomía

Para Trump, la seguridad nacional es lo que el quiere y tiene la real gana que sea: una geoeconomía desordenada.

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